Duración    4 Años

Requisitos de Ingreso

Certificado de Nivel Medio/secundario o equivalente del Nivel Polimodal o cumplir con las normas del Art. 7º de la Ley de  Educación Superior N° 24521

Perfil Profesional

El Profesor en Matemática es un profesional que:

  • Posee sólidos conocimientos teóricos y prácticos sobre la Ciencia Matemática y las disciplinas que componen su  campo del saber.

  • Está preparado para establecer relaciones con otros campos con los que se vincula la Matemática.

  • Efectúa interacciones con otras ciencias, desde la perspectiva de su formación para resolver problemas interdisciplinarios que demanden su intervención.

  • Desarrolla conocimientos mediante su participación en la realización de estudios y en proyectos de investigación aplicando el método científico.

  • Aplica y recrea conocimientos para resolver problemas teórico - prácticos en los que se requiera la metodología de la ciencia Matemática.

  • Contribuye a la transmisión del conocimiento mediante el ejercicio de la docencia en la Universidad en carrera de igual denominación o menor nivel (pregrado), en el nivel Terciario No universitario, en el tercer ciclo de la EGB y en el Nivel Polimodal.

El Profesor en Matemática está habilitado para:

  • Planificar, gestionar, conducir y evaluar los procesos de enseñanza aprendizaje en las disciplinas correspondientes, en los niveles terciario no universitario, en la Enseñanza General Básica, en el Nivel Polimodal y en el Nivel Universitario en carrera de igual denominación o menor nivel (pregrado).

  • Investigar y realizar estudios sobre la transmisión de los conocimientos de su ciencia, sus vinculaciones y sus aplicaciones desde la perspectiva científica, tecnológica y pedagógica.

  • Asesorar acerca de los marcos conceptuales, metodológicos y empíricos de la enseñanza en el área de la Matemática.

Plan de Estudios. Asignación horaria y Régimen de correlatividades

 

Primer Año

Asignatura

Horas Semanales

Horas Totales

Correlativas Regular

1º MÓDULO
1
Álgebra I
7
105
-
2
Análisis Matemático I
6
90
-
3
Matemática Discreta
6
90
-
4
4
60
-
Subtotal del Módulo 23 345
10
30*
-

Equivale al total de Horas anuales.

2º MÓDULO
5
6
90
1-2
6
6
90
2
7
6
90
--
8
5
75
--
9
3
45
4
Subtotal del Módulo 26 390
10
30*
-
Total de Primer Año 765

Equivale al total de Horas anuales.

Segundo Año

Asignatura

Horas Semanales

Horas Totales

Correlativas Regular

3º MÓDULO
11
8
120
5-6
12
Lógica Matemática
6
90
--
13
4
60
4
14
3
45
4
15
3
45
9
Subtotal del Módulo 24 360
20
50*
1-2-4-7-10

Equivale al total de Horas anuales.

4º MÓDULO
6
8
120
11
17
4
60
13-15
18
9
135
6-7-8
19
Informática
6
90
12
Subtotal del Módulo 27 405
20
50*
1-2-4-7-10
Total de Segundo Año 815  

Equivale al total de Horas anuales.

Tercer Año

Asignatura

Horas Semanales

Horas Totales

Correlativas Regular

5º MÓDULO
21
4
60
17
22
Ecuaciones Diferenciales
9
135
3-16
23
Probabilidad y Estadística
6
90
11
24
Teoria de Algoritmos y Lenguajes
6
90
19
Subtotal del Módulo 25 375
29
70*
20

Equivale al total de Horas anuales.

 
6º MÓDULO
25
3
45
17
26
Cálculo Numérico
8
120
18-22
 
Didáctica Específica (Anual)
4
60
17
27
4
60
14
28
Tecnología de la Matemática
6
90
19
Subtotal del Módulo 25 375
29
70*
20
Total de Tercer Año 820

Equivale al total de Horas anuales.

Cuarto Año

Asignatura

Horas Semanales

Horas Totales

Correlativas Regular

7º MÓDULO
30
3
45
24-27
31
Estadística 
7
105
23
32
Metodología de la Investigación
7
105
21-28
33
7
105

21-25-28

Subtotal del Módulo 24 360
36
50*
21-25-28-29

Equivale al total de Horas anuales.

8º MÓDULO
34
6
90
30
35
7
105
23
 
Residencia (Anual)
7
105
21-25-28
Subtotal del Módulo 20 300
36
50
21-25-28-29
Total de Cuarto Año 710

Equivale al total de Horas anuales.

Los alumnos deberán aprobar los siguientes talleres:

37 - Taller de Inglés Técnico (45 hs.)

38 - Taller de Informática (45 hs.)

Estos talleres serán habilitados por la Facultad en cada periodo académico, para facilitar a los alumnos de la carrera su participación en cualquier momento del cursado.

Descargas

 RESOLUCIÓN HCD N° 248/19