Retorno al trabajo presencial del personal Docente y Nodocente de la UNSE
En un trabajo articulado y consensuado entre los gremios Docentes y Nodocentes de la UNSE, y luego de la aprobación por parte del Ministerio de Salud de la Provincia del Protocolo de la Universidad Nacional de Santiago del Estero para el retorno al trabajo presencial del personal Docente y Nodocente, el Rector Ing. Héctor Paz, ad-referéndum del Honorable Consejo Superior, resolvió mediante Resolución 9/2021, disponer el retorno al trabajo presencial del personal no docente de la UNSE a partir del 1 de febrero del año 2021, que se efectuará de modo paulatino y gradual, condicionado y regulado conforme a las pautas establecidas por las autoridades jurisdiccionales.
El retorno al trabajo presencial queda sujeto a la planificación y organización prevista entre las autoridades de la UNSE y el personal Nodocente del tramo mayor o en su defecto al personal de mayor jerarquía del área correspondiente, estableciendo que el horario será reducido, de 8:30 a 12 horas aquellos que cumplen su labor normal y habitual en horario matutino y de 17:30 a 21 horas aquellos que lo hacen en horario vespertino o en su defecto según las necesidades de cada área y que podrá ser flexibilizado de acuerdo a las planificaciones que cada dependencia realice.
Además, mediante la Resolución 12/2021 se resolvió el retorno al trabajo presencial del personal docente de la UNSE a partir del 1 de febrero del 2021 el que se efectuará de modo paulatino y gradual, condicionado y regulado conforme a las pautas establecidas por las autoridades jurisdiccionales que el Consejo Superior declara esenciales.
El retorno al trabajo presencial del personal Docente queda sujeto a la planificación y organización de las Unidades Académicas y Escuelas de la UNSE y conforme a sus capacidades edilicias y a las actividades específicas de cada una de ellas, bajo estricto cumplimiento de los protocolos definidos por la Universidad y las medidas aprobadas a nivel jurisdiccional.
Podrán asistir a los lugares de trabajo para realizar aquellas actividades que no se puedan realizar de manera remota con asistencia en turnos recudidos y sin atención de estudiantes, excepto las actividades que Consejo Superior declaré esenciales.
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